El caso Garzón
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La Justicia [1684-1686]. Luca Giordano [Italia, 1634-1705]. Fresco de la "Galería de los Espejos" o "Galería de Luca Giordano", del Palacio Medici-Riccardi en Florencia.
que eso no se dice,
que eso no se hace,
que eso no se toca.
Hacia el juez Garzón siempre he mantenido sentimientos encontrados. Generalmente he estimado su valor y decisión en alguna de sus actuaciones contra el terror, al tiempo que me pareció lamentable, por ejemplo, su sobradamente conocida vuelta de la política, de la que Felipe González podría escribir una enciclopedia.
Sobre los tres asuntos que le tienen en un malvivir solamente quiero decir que me parecen dificilmente defendibles y que eso podría explicar la estrategia de apoyo de sus amigos, basada en argumentos que en nada tienen que ver con el Estado de derecho ni con la administración de la Justicia.
En mi opinión, se ha metido en un verdadero problema porque el indudable dominio que ha ejercido no le ha dejado ver el bosque del originario poder que tiene el Sistema, del que emana, precisamente, su propia autoridad. En parte también, qué duda cabe, porque durante toda su trayectoria el trato que ha recibido del mismo ha sido de una exquisitez capaz de deslumbrar al más cuerdo.
Como todos sabemos, hay cuatro teclas que el ciudadano tiene que tocar con suma dulzura para que el piano no se le caiga encima: aquellas que, al presionarlas, suenan a ejecutivo, legislativo, judicial y/o mediático. Nada digo si se trata de pulsarlas todas a la vez.
Conocemos bastantes ejemplos de gente, con momentos estelares, que ha conseguido conciliar las suficientes iras del poder como para acabar fuera de su ámbito de influencia.
De modo que mi pronóstico para él es francamente pesimista o, dicho de otro modo, creo que el antes y el después no se lo va a evitar nadie, aunque ello le deje montáneamente perplejo.
Asi que mi interés como miembro de esta sociedad -y creo que en el de la mayoría de la gente, preocupada por otros asuntos- se centra más en apoyar la división y el control democrático de poderes, cuestiones que la defensiva campaña mediática global en favor del juez, filtraciones sumariales incluídas, no parecen plantearse ni siquiera como desiderátum.
pd.- El juez no se mete en el lío por investigar al franquismo. Eso es mentira. Aunque ayer mismo lo dijera el mismísimo Vicepresidente Chaves. El problema es por el cómo lo ha hecho, no por el qué.
Lo de las '500 personas cortan la calle Génova de Madrid en una concentración en defensa de Garzón' suena un montón a aquella concentración, también en la sede del PP, el día de reflexión electoral en la convocatoria que coincidió con la trágica 'casualidad' del 11M. Muy mal asunto, por nada democrático.
Auto del juez Varela por el que abre procedimiento abreviado a Garzón [pdf].
No se pierdan las declaraciones del ex ministro de Fomento con J.M. Aznar, Francisco Álvarez Cascos, esta mañana en el programa de Carlos Herrera, donde, hablando de Garzón, califica la situación de "anomalía democrática". Aquí.
El juez y la ley
Jesús Zarzalejos Nieto, Profesor Derecho Procesal UCM, en ABC, 080410.
LA imputación de un juez por un delito de prevaricación es una de las peores noticias que puede recibir una sociedad democrática, confiada a la seguridad que debe proporcionarle el Estado de Derecho, por el cual todos los ciudadanos y los poderes públicos están sometidos al imperio de la ley y al control judicial. Por eso, no es para celebrar que Baltasar Garzón haya sido formalmente imputado por prevaricar en el mal llamado caso del franquismo o la memoria histórica, proceso penal manipulado hasta en su denominación vulgar.
Pero lejos de ser esa imputación una anomalía del sistema, menos aún el fruto de una conspiración, responde al funcionamiento de principios elementales del orden constitucional, como el de legalidad y el de igualdad. Son precisamente estos principios los que los apologistas de Garzón han querido dejar en suspenso para poder reivindicar su inocencia. El argumento principal de sus defensores extrajudiciales -porque su defensa judicial está en manos muy expertas- es que las causas instruidas por Garzón son de tal nivel ético que quedan al margen de esos inoportunos fundamentos de toda sociedad jurídicamente organizada.
¿Un juez más?
El problema es que el propio Garzón ha llegado a creerse esta excepcionalidad, perdiendo la perspectiva de sí mismo como un juez más de la organización jurisdiccional española, sometido a las leyes y a la Constitución de su país, a las que ha sustituido en ocasiones por unas construcciones teóricas a la carta, emanadas de su voluntarismo, no del Parlamento. Ningún mérito se le debe restar en la lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada, la corrupción o los crímenes contra la Humanidad, pero por muy nobles que fueran estas causas -gestionadas con audacia cercana a la temeridad e instruidas a veces con notorias deficiencias-, ninguna podía actuar como excusa absolutoria de las irregularidades cometidas.
Y si algo ha caracterizado la carrera profesional de Baltasar Garzón ha sido la extraordinaria generosidad que con él han tenido la opinión pública, los medios de comunicación, los gobiernos de todo signo y, principalmente, el Consejo General del Poder Judicial.
Las causas abiertas a Garzón en la Sala Segunda del Tribunal Supremo nada tienen que ver con los delitos que ha investigado como instructor, si no con su forma de aplicar el Derecho. No hay en el Supremo un solo procedimiento penal abierto contra Garzón por investigar a corruptos, sino por quebrar derechos de abogados e imputados; ni por investigar el régimen franquista, cosa que nunca ha hecho y que, así dicho, es un reduccionismo chusco que busca disculparlo con la excitación de sentimientos frentistas.
La razón es más sencilla: ha podido prevaricar, porque un juez no tiene poder para derogar leyes del Parlamento, como la de Amnistía de 1977, ni para construir delitos al margen de la ley penal vigente en España, vulnerando las reglas de tipicidad, competencia e irretroactividad. Fue el Ministerio Fiscal el que reprochó a Garzón haber iniciado una causa penal que «incumple las más elementales normas del proceso penal». Nadie está al margen del precepto del derecho que ordena dar a cada uno lo suyo.
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Las claves de las tres causas de Garzón en el Tribunal Supremo
María Peral en El Mundo, 250310.
- 1/ Causa por investigar los crímenes del franquismo
- 2/ No abstenerse al rechazar una querella contra un banco que le financió
- 3/ 'Caso Gürtel': Intervenir las comunicaciones imputado-abogado
El Tribunal Supremo tiene tres causas abiertas contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón. ELMUNDO.es explica las claves de cada una de ellas:
Causa por los crímenes del franquismo
>>> ¿De qué se le acusa?
La Sala Penal del Tribunal Supremo decide por unanimidad el 26 de mayo de 2009 abrir un proceso al juez Garzón por un delito de prevaricación (dictar a sabiendas una resolución injusta) durante la instrucción de la causa por las desapariciones del franquismo. La acusación consiste en haber iniciado y prolongado unas diligencias sobre las desapariciones del franquismo atribuyendo a personas fallecidas delitos que habían prescrito, estaban amnistiados y que, además, no eran competencia de la Audiencia Nacional.
>>> ¿Quién le acusa?
La querella está promovida por el colectivo Manos Limpias, dirigido por Miguel Bernad Remón, uno de los responsables del partido ultraderechista Fuerza Nueva. Con posterioridad presentan querellas la asociación Libertad e Identidad y el partido Falange Española. La Fiscalía se manifiesta en contra y pide su archivo.
>>> Indicios
El Supremo pone de manifiesto que tras una primera etapa de más de un año en la que Garzón no hizo otra cosa que proveer las denuncias que iba recibiendo, el 1 de febrero de 2008 la Fiscalía de la Audiencia Nacional emitió un informe en el que advertía que este tribunal no era el competente para investigar las desapariciones forzadas, que el delito de lesa humanidad consignado en las denuncias no estaba en vigor cuando se produjeron los hechos denunciados y que en todo caso sería aplicable la Ley de Amnistía de 1977. Sin resolver sobre su competencia, Garzón ordenó la práctica de distintas diligencias.
En un auto del 16 de octubre de 2008, en el que se refirió a los delitos denunciados como "crímenes contra las leyes y costumbres de la guerra y leyes de la humanidad", ordenó pedir certificaciones de defunción de 35 personas "a los efectos de declarar la extinción de responsabilidad penal por fallecimiento". Pero, paralelamente, acordó formar un grupo de expertos y de Policía Judicial y autorizó exhumaciones.
En menos de un mes, el 18 de noviembre, Garzón cerró las diligencias declarando extinguida la responsabilidad de varias personas, que ahora son ya 45, por haber fallecido. Entre ellos, aunque el auto no los cita, se encuentran los generales Franco, Mola o Queipo de Llano.
"En definitiva", señala el Supremo, "la investigación se centró en delitos para los que el juzgado reconoce carecer de competencia material". Además, "declara extinguidas unas responsabilidades penales por razón de fallecimientos, sucedidos notoriamente decenios antes de la incoación, de 45 personas, sobre cuyas acciones no se ha practicado actividad de investigación alguna".
El 7 de abril, el magistrado del Supremo Luciano Varela decide transformar en un procedimiento abreviado las diligencias abiertas a Garzón por esta causa. La decisión de Varela supone pasar a la fase de preparación del juicio oral, lo que significa que Garzón se sentará en el banquillo siempre que alguna de las partes personadas presente escrito de acusación contra él.
El Alto Tribunal notifica una resolución en la que Varela deniega las pruebas que solicitó a última hora la defensa de Garzón y acuerda que se entregue una copia de las diligencias al fiscal y a las acusaciones personadas (Manos Limpias, Libertad e Identidad y Falange) para que, en su caso, soliciten la apertura del juicio oral.
Rechazar una querella contra un banco que le financió
>>> ¿De qué se le acusa?
El 28 de enero de 2010, también por unanimidad, el Supremo abre una causa para investigar al juez por presuntos delitos de prevaricación y cohecho por el dinero que solicitó personalmente y recibió del entonces BSCH para financiar actividades que desarrolló durante su estancia en la Universidad de Nueva York en 2005 y 2006.
Tras su reincorporación a la Audiencia Nacional, Garzón recibió una querella dirigida contra el presidente del entonces BSCH, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad que unos meses antes había entregado la "generosa aportación" de 302.000 dólares (260.000 euros) para organizar dos series de coloquios. Sin abstenerse, Garzón inadmitió esa querella.
>>> ¿Quién le acusa?
La querella fue presentada por los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón.
>>> Indicios
De acuerdo con la querella, los fondos del BSCH habrían servido, además de para financiar los coloquios celebrados en la Universidad de Nueva York bajo la dirección de Garzón, para abonar viajes del juez por 22.650 dólares y para pagar la matrícula de su hija en la Escuela Internacional de Naciones Unidas por importe de 21.650 dólares.
Para la admisión de la querella fue determinante el conocimiento de las cartas que Garzón envió a Botín para solicitarle los fondos, elemento que no se conocía cuando, el 2 de febrero del pasado año, se archivó una primera investigación sobre los hechos.
En ellas, Garzón se dirige al presidente del banco, le agradece la financiación recibida y le pide más dinero para organizar una segunda serie de coloquios, lo que es objeto de nuevos agradecimientos. "No puede rechazarse en este momento la posibilidad de establecer alguna relación" entre la petición y consecución del patrocinio del BSCH y la negativa a abrir un proceso al presidente de esa entidad, dice la Sala de lo Penal en el auto de iniciación del proceso.
'Gürtel': Intervenir las comunicaciones imputado-abogado
>>> ¿De qué se le acusa?
De nuevo por unanimidad, el 24 de febrero de 2010 la Sala Penal del Supremo abre la tercera causa por presuntos delitos de prevaricación y e interceptación ilegal de comunicaciones por autorizar las escuchas de las conversaciones que mantuvieron en prisión los imputados en el 'caso Gürtel' con sus abogados defensores.
>>> ¿Quién le acusa?
El proceso arranca con una querella formulada por el abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Peláez, que representa al empresario José Luis Ulibarri, imputado en el 'caso Gürtel'. Con posterioridad se han personado los abogados José Antonio Choclán y Gonzalo Rodríguez-Mourullo en nombre de Francisco Correa y Pablo Crespo, ya que también fueron escuchados.
>>> Indicios
La Sala destaca que la "importante decisión" de intervenir las comunicaciones entre un preso y sus abogados se basó en la "hipótesis" de que los letrados pudieran hacer de enlace con la organización delictiva, pero Garzón autorizó unas escuchas "indiscriminadas" a la "generalidad" de los letrados, "tanto a los que en la actualidad como a los que en el futuro pudieran asistir profesionalmente a los presos". Además, basó las escuchas en el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que sólo permite esa interceptación en supuestos de terrorismo.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló por ser ilegales todas las escuchas autorizadas por el juez Baltasar Garzón por vulnerar el derecho fundamental a la defensa.
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Ya me parecía a mí
Santiago González, en su blog, 080410.
El pasado 26 de marzo, el diario El País abría su primera a porta gayola, tal como se ve en el primero de los tres titulares aquí reproducidos. En el comentario del día se avanzaban aquí algunas preguntas perplejas:
"¿El Tribunal Supremo avala que Falange siente en el banquillo a Garzón? ¿Puede el Supremo subcontratar a terceros las tareas que tienen encomendadas? Esto sí que sería un acto de prevaricación. Nada menos que el más alto tribunal de España haciendo dejación de sus funciones en manos de unos particulares, que para mayor inri, son pocos y de extrema derecha. Los tipos de Falange, ¿están incapacitados para pleitear en virtud de alguna sentencia firme?¿Los jueces son iguales ante la Ley que el resto de los ciudadanos?¿Considerará nuestra izquierda que se equivocó al defender la acción popular o, al contrario, la idea estaba bien pero sólo deberían ejercerla los nuestros?"
Imaginemos que el juez Garzón fuera condenado en esta causa. El titular lógico sería:"El Tribunal Supremo avala que Falange condene al juez Garzón".
Fíjense en las posibilidades que ofrecería un titular sobre la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso Filesa:
"El Tribunal Supremo avala que un contable sudaca resentido condene al PSOE so pretexto de financiación ilegal".
Trece días después ha cambiado la autoría en la portada del diario. Ya no es Falange Española, quien sienta a Garzón en el banquillo, sino Luciano Varela en la versión on line, que pueden ver en el segundo titular. En el tercero, que corresponde a la versión impresa, no dice quién lo sentará, sino quién lo llevará, y adjudica la acción al Tribunal Supremo.
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NOTA.- Enlaces [excepto los de art. de María Peral], corchetes, negritas [con perdón] e imágenes son aportados por EQM.



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La Dama Negra dijo
El juez tiene lo que buscaba, notoriedad. Ahora se habla más que nunca de él y eso le debía de gustar pero no esperaba que fuera por motivos distintos y peligrosos para su carrera. Creo que ha llegado donde de verdad quería llegar, sin saberlo, claro está. Ahora se dará cuenta que aunque uno sea el juez más mediático del mundo mundial y le rían las gracias por todo el planeta, también tiene que dar explicaciones a la justicia, su justicia, la de todos.
9 Abril 2010 | 08:38 AM