La Coctelera

El quicio de la mancebía (EQM)

Reflexiones en torno a las chirriantes bisagras que no nos dejan dormir. Al fondo, las bellas artes.

10 Febrero 2012

Sobre héroes y tumbas

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"[...]. Ningún fin, ni siquiera el de conocer toda la verdad sobre los GAL, justifica pasar por encima de los procedimientos. El principio de que no todo vale rige tanto en la lucha contra el terrorismo como en la investigación de los delitos cometidos a su amparo."

Del editorial de El País 'Conflicto con Garzón', publicado el 17 de octubre de 1995.

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Consagración del derecho de defensa

Ejercicio libre de la abogacía. El fin no justifica los medios. Aviso a navegantes de la Administración Judicial. Ojo con cuestionar derechos fundamentales. Las nulidades en Gürtel que se puedan derivar, en su caso, de esta sentencia, se producirán, sólo y exclusivamente, como consecuencia de unos hechos probados condenables y condenados. Aplastante unanimidad e impecable fundamentación jurídica. España y su Estado de Derecho se fortalecen.

Me deja boquiabierto tanto el largo silencio de la organización colegial de la abogacía como la actuación de la fiscalía. Poe eso creo que esto no ha acabado aquí.

El comunicado de ayer de Garzón me parece gravísimo. La condición humana: una misma persona es capaz de lo mejor y de lo peor. La campaña mediática desatada contra el Tribunal Supremo es propia de una democracia sin raíces y, por tanto no me sorprende. Tampoco me chocaría volver a encontrarme al protagonista inmerso, ya oficialmente, en la política militante. Está en su derecho, esta vez con toda legitimidad, y la ciudadanía sabrá qué cobertura le merece.

Yo también.

EQM

pd.- Portada de El País hoy:

"La trama del 'caso Gúrtel' logra que el juez sea condenado por las escuchas. El Supremo acaba con Garzón". "Seis de cada 10 españoles creen que el juez sufre una 'persecución'"

Siete razones para inhabilitar al juez Garzón

El País, 090212.

La condena a 11 años de inhabilitación al juez Baltasar Garzón por prevaricación al investigar el caso Gürtel considera que este restringió arbitrarimente el derecho de defensa de los imputados. Estas son las claves de un fallo redactado en términos muy duros para el juez, que quedará ahora apartado de la carrera judicial:

1. El derecho a la defensa quedó restringido sin justificación.

El tribunal sostiene que no hay un proceso justo si se elimina el derecho de defensa y, por tanto, cualquier restricción de este derecho debe estar "especialmente" justificada. En este caso, argumenta, que no existieron "datos de ninguna clase que indicaran que los letrados mencionados en los hechos probados estaban aprovechando el ejercicio de la defensa para cometer nuevos delitos".

2. Los jueces también están sometidos a la ley.

La sentencia afirma que se vulnera el Estado de Derecho "cuando el juez, con el pretexto de aplicación de la ley, actúa solo su propia subjetividad" (sic). En este caso, continúa la decisión judicial, que el ordenamiento jurídico haya previsto la figura de la prevaricación judicial no es un ataque a la independencia del juez, sino "una exigencia democrática impuesta por la necesidad de reprobar penalmente" cualquier conducta que "bajo el pretexto de la aplicación de la ley, resulta frontalmente vulneradora del Estado de Derecho".

3. El autor debe tener conciencia del carácter injusto de la resolución que dicta.

"La resolución no se reputa injusta porque el juez la considere así", afirma la sentencia. "Lo que importa (...) es que lo acordado no es defendible en Derecho, ni podría llegarse a ello por alguno de los métodos de interpretación de las normas admitidos en Derecho".

4. La confidencialidad de las relaciones entre el imputado y su defensor es un elemento esencial.

El tribunal cita la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para apoyar la tesis de que una de las exigencias fundamentales de un proceso es el derecho del acusado a comunicarse con su abogado sin ser oído por terceros.

5. Los límites al derecho a la confidencialidad de las comunicaciones de los presos están regulados por la Ley Penitenciaria.

El tribunal recuerda que solo pueden aplicarse esos límites a los casos de terrorismo y previa orden del juez competente. En otros casos, advierte, sería imprescindible una reforma legal. Y en este caso no se daban ninguna de esas circunstancias.

6. No fue un error de interpretación, sino un acto arbitrario.

La sentencia constata que el juez no tenía a su favor "ninguno de los métodos de interpretación del derecho usualmente admitidos" que le hubiera permitido restringir el derecho de defensa. Por tanto, considera que no incurrió en una "interpretación errónea de la ley", sino que fue "un acto arbitrario". Y concluye: "La injusticia consistió en acoger una interpretación de la ley según la cual podía intervenir las comunicaciones entre el imputado preso y su letrado defensor basándose solamente en la existencia de indicios respecto a la actividad criminal del primero, sin considerar necesario que tales indicios afectaran a los letrados".

En concreto, el tribunal subraya que Garzón ordenó la escucha y grabación de las conversaciones en los locutorios de la cárcel "sin disponer de ningún dato que pudiera indicar mínimamente, en una valoración razonable, que la condición de letrado y el ejercicio de la defensa se estaban utilizando como coartada para facilitar la comisión de nuevos delitos".

Y eso, argumenta, supone una resolución injusta "que arbitrariamente restringe sustancialmente el derecho de defensa de los imputados en prisión, sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable".

El tribunal destaca que, al hacerlo, Garzón se apartó de las doctrinas del Tribunal Constituncional y del Supremo "sin que su opción interpretativa viniera acompañada de un mínimo razonamiento explicativo de las razones que la sustentaban", lo que causó "un daño totalmente injustificado y difícilmente reparable en los derechos de los imputados y, en su medida, en los derechos de los letrados afectados".

7. El proceso penal español se situó al nivel de los regímenes totalitarios.

La actuación del magistrado, según el tribunal, colocó a todo el proceso penal español  "al nivel de sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados " al admitir prácticas" que a día de hoy "solo se encuentran en regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa al Estado" prescindiendo de las mínimas garantías para los ciudadanos.

El País, 090212: "Baltasar Garzón acaba de hacer pública una nota como respuesta a la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que le considera culpable de un delito de prevaricación por ordenar grabar las conversaciones entre la trama Gürtel y sus abogados, por lo que le condena a 11 años de inhabilitación."

Este es el comunicado:

NOTA DE BALTASAR GARZÓN REAL ANTE LA SENTENCIA DE LA SALA 2 DEL TRIBUNAL SUPREMO EN LA CAUSA SEGUIDA CONTRA EL MISMO

"Rechazo frontalmente la sentencia que me ha sido notificada en el día de hoy.

Lo hago por entender que no se ajusta a derecho, que me condena de forma injusta y predeterminada.

He trabajado contra el terrorismo, el narcotráfico, los crímenes contra la humanidad y la corrupción. Lo he hecho con la ley en la mano y en unión de fiscales, jueces y policía. En este trabajo, siempre he cumplido con rigor las normas, he defendido los derechos de los justiciables y de las víctimas en situaciones muy adversas.

Ahora y a lo largo de este procedimiento, mis derechos han sido sistemáticamente violentados, mis peticiones de defensa desatendidas, el juicio oral una excusa, cuyo contenido ha sido utilizado sólo contra mí, prescindiendo de los elementos favorables que me beneficiaban, para, con ello, poder dar forma a una sentencia que ya estaba anunciada desde hace meses.

Mi actuación en el denominado caso Gürtel, se ajustó a la ley y en su desarrollo, tomé todas las medidas para garantizar el derecho de defensa y la investigación de delitos muy graves relacionados con la corrupción, partiendo de los contundentes indicios y para evitar la continuidad delictiva de blanqueo de dinero de los jefes mafiosos que utilizaban, como ya lo habían hecho antes, a los abogados designados.

Se me ha impedido aportar las pruebas que lo demostraban y se ha prescindido de la implicación y participación de abogados en la trama.

La afirmación que se contiene en la sentencia para justificar el supuesto dolo de que "la inclusión de la cláusula previniendo el derecho de defensa dejando a un lado su efectividad, revela que sabía que su resolución afectaba a este derecho" es una aberración que contradice todo el sentido de la misma y se utiliza para eliminar la base de mi absolución. La sentencia no dice en ningún momento cual es el daño producido en el derecho de defensa y no lo dice sencillamente porque no existe. Lo inventa. Así mismo falta a la verdad cuando se dice que no se ejecutó la medida de salvaguardar dicho derecho, cuando personalmente me cuide de garantizarlo y así lo avalan las pruebas practicadas e ignoradas por el tribunal.

Esta sentencia, sin razón jurídica para ello ni pruebas que la sustenten, elimina toda posibilidad para investigar la corrupción y sus delitos asociados abriendo espacios de impunidad y contribuye gravemente, en el afán de acabar con un concreto juez, a laminar la independencia de los jueces en España.

Acudiré a las vías legales que correspondan para combatir esta sentencia y ejerceré todas las acciones que sean pertinentes para tratar de paliar el perjuicio irreparable que los autores de esta sentencia han cometido.

 Madrid a 9 de febrero de 2012." 

Sentencia 79/2012 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo

Hechos probados [folios 6-22]

Fundamentos de Derecho [folios 22-68]

Fallo:

Debemos condenar y condenamos al acusado Baltasar Garzón Real como autor responsable de un delito de prevaricación del artículo 446.3º, en concurso aparente de normas (artículo 8.3) con un delito del artículo 536, párrafo primero, todos del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de catorce meses con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria conforme al artículo 53 del Código Penal, y once años de inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado, con pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, así como con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo, así como al pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares. Sin condena en cuanto a responsabilidad civil. 

NOTAS.- Enlaces [en azul], corchetes, negritas [con perdón], imágenes y vídeos de diversa procedencia son aportados por EQM. También, por razones discutibles de legibilidad en internet, el incremento de párrafos en textos ajenos, respetando el contenido, que puede leerse en el original pinchando el enlace.

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rev prensa

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Declaración solemne de apoyo a Garzón

Luis del Pino en LD, 090212.

Yo, [PONER AQUÍ EL NOMBRE], ciudadano español, mayor de edad y con DNI [PONER AQUÍ DNI], comparezco ante notario y manifiesto:

1) Mi absoluta indignación por la condena de 11 años de inhabilitación que el Tribunal Supremo ha impuesto al juez Baltasar Garzón, por haber grabado las conversaciones entre abogados e imputados en el curso de la instrucción del caso Gurtel.

2) Aunque haya quien diga que la confidencialidad de las conversaciones abogado-cliente resulta imprescindible para garantizar el derecho de defensa; aunque las leyes establezcan que esa confidencialidad solo puede violentarse en casos muy extremos (como por ejemplo en delitos de terrorismo) y aunque haya quien sostenga que el estado de derecho no puede subsistir si se viola arbitrariamente el derecho de defensa... YO CREO que D. Baltasar Garzón actuó correctamente, porque lo lógico es que el juez intervenga cuando le venga en gana las conversaciones que quiera, aunque la ley diga lo contrario.

3) Por tanto, y como muestra de coherencia, si en el futuro alguien me acusara de cometer algún delito, AUTORIZO EXPRESAMENTE a cualquier juez a grabar las conversaciones que yo mantenga con mis abogados, diga lo que diga la ley vigente.

En [PONER AQUÍ LA CIUDAD], a [DIA] de [MES] de 2012.

Firmado [FIRMAR AQUI]

Hala, muchachotes, los que estáis criticando la condena de Garzón: a firmar la declaración renunciando a vuestros derechos. Mientras no lo hagáis (es decir, mientras sigáis conservando intactos esos derechos que os parece muy bien que Garzón vulnere cuando se trata de otras personas), no nos deis la plasta, por favor.

Incoherencias, las justas.

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http://blogs.libertaddigital.com/enigmas-del-11-m/declaracion-sol...

10 Febrero 2012 | 12:45 AM

rev prensa

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Garzón, primera condena

Santiago González en su blo, 100212

El Tribunal Supremo hizo pública ayer la sentencia que condena a Garzón a once años de inhabilitación, lo que comporta su expulsión de la carrera judicial, al pago de una multa de 14 meses a razón de seis euros diarios y al pago de las costas, que incluyen los seguramente altos honorarios de los abogados de la acusación (en los juicios contra Garzón no cabe la inclusión del calificativo ‘particular’, porque el fiscal se suma a la defensa del procesado). La prensa amiga no ha visto bien la sentencia, aunque una lectura sosegada de la misma debería bastar para percibir que es contundente en la relación de los hechos y que desbarata la defensa del letrado Baena Bocanegra,-qué gran apellido para un tribuno-, que trató de demostrar que su defendido preservó el derecho de defensa.

Es evidente que el derecho de defensa en España ha quedado tocado tras la actuación de Garzón, no ya para los procesados por la trama ‘Gürtel’, no ya para unos letrados, como Choclán, Rodríguez Mourullo y Peláez, abogados por encima de toda sospecha y sobre los que el juez instructor no tenía, no podía tener, ni el más leve indicio de que pudieran tramar con sus defendidos operaciones delictivas como el blanqueo de dinero. Ha quedado tocado de manera objetiva de ahora en adelante. No habrá delincuente que hable a su defensor a calzón quitado en un locutorio de la cárcel después de las grabaciones ordenadas pro Garzón. Menos aún si leen la sorprendente pieza de Mercedes Gallizo, directora de Instituciones Penitenciarias durante los hechos.

El diario El País ha abierto hoy con lo que pueden ustedes ver en la captura de pantalla que ilustra este comentario. Y se empecina en un editorial que es como la flauta de Bartolo, con un argumento solo.

No es menos notable que el editorial insinúe un comportamiento prevaricador de los siete magistrados del Supremo, al acusarles de agarrarse a la hipótesis “más disparatada, absurda e incluso ofensiva”, pero que “era la que servía para alcanzar el objetivo buscado: anular a Garzón como juez”. La hipótesis de la prensa amiga actualiza el chiste del loco que conduce por la autovía en dirección contraria: ¿Cómo un juez prevaricador?¡¡Es todo el Tribunal Supremo! Y estos son los que el ex juez no pudo recusar.

Tal vez el editorialista de hoy tendría que haber escarbado en su propia hemeroteca, para comtrastar los criterios con los que se empleaban en la década de los 90. Y lo que entonces pensaban corporativamente del proceder de Garzón. Así, el editorial del 17 de octubre de 1995, cuando BGR instruía el caso del atentado de las GAL contra el Bar Monbar:

Los documentos que Garzón reclama al Cesid, elaborados en 1983 y de carácter más bien teórico, tendrían que ver antes con los supuestos orígenes de los GAL que con un atentado cometido a finales de 1985. De ser así, Garzón estaría interfiriendo de forma oblicua en una parcela de los GAL que no le corresponde a él investigar, sino al instructor del Supremo. Ningún fin, ni siquiera el de conocer toda la verdad sobre los GAL, justifica pasar por encima de los procedimientos. El principio de que no todo vale rige tanto en la lucha contra el terrorismo como en la investigación de los delitos cometidos a su amparo.

No fue el único. Den un repaso a los siguientes editoriales:

27-05-96:

La falta de transparencia en ambos casos es notable: Garzón perteneció a las filas del Ministerio del Interior antes de retomar la instrucción de los crímenes de los GAL, y algunos creen que pudo obtener así información interna con la que reabrir una causa ya cerrada años antes por él mismo.

13-09-96:

Garzón alega ahora que la negativa del Gobierno sólo afecta al soporte material de esos documentos y no a su contenido, porque de no ser así el Gobierno podría ser acusado de encubrir delitos. ¿Pero está Garzón en condiciones de asegurar sin lugar a dudas que esos documentos prueban la comisión de delitos? Es posible en todo caso que lo que cree Garzón no lo crea el Gobierno ni los diputados que tuvieron conocimiento en su momento de los papeles del Cesid. Con esa distinción formalista digna del teólogo escolástico Duns Scoto, llamado el doctor sutil, Garzón pretende transmitir a los funcionarios del Cesid y a otras personas conocedoras del contenido de los famosos papeles el mensaje de que no delinquen si comunican lo que saben al juez. Es una distinción pueril, equivalente a la mentira piadosa del fraile, porque es evidente que la reserva afecta al contenido, cualquiera que sea su soporte material. Pero sirve para mantener el pulso entablado con el Gobierno. Y puestos ya a desvelar tramas de guerra sucia, nada mejor que ampliar el campo de acción a Argentina. Ahora sí que se ha asegurado tarea hasta el año 2015.

26-10-96:

Lo que el juez Garzón considera que es suyo, de acuerdo con sus competencias, no tiene por qué serlo necesariamente si esas instancias de control que están por encima le dicen que no, le corresponde, La justicia no se paraliza por ello. Pensar otra cosa sería tanto como admitir que la justicia se identifica con un determinado juez, en este caso Garzón. Un mensaje que algunos no se privan. de lanzar por más disparatado y pretencioso que resulte.

20-11-99:

LA PESADILLA de los GAL no acaba de pasar. Sin que se conozcan nuevos hechos ni diligencias adicionales, el juez Garzón desentierra los papeles del Cesid que obran en su poder desde hace dos años y medio para obligar al Supremo a que se pronuncie de nuevo sobre si hay indicios para implicar a Felipe González Si trataba de sorprender, lo ha conseguido.

23-11-99:

EL TRIBUNAL Supremo ha dictaminado que el último auto de Garzón sobre el caso GAL no aporta ninguna prueba que no hubiera sido considerada y desechada con antelación. Dicho en otros términos: los papeles del Cesid desclasificados en abril de 1997 ya fueron desestimados como indicio acusatorio contra el ex presidente Felipe González. El alto tribunal ha actuado con rapidez: ni siquiera ha esperado el recurso de la fiscalía contra la iniciativa del juez. Con esta intervención urgente ha impedido que se entrara en una dinámica de recursos y contrarrecursos que hubiera mantenido artificialmente en candelero un asunto ya resuelto.Sólo lo lamentarán quienes desearían que el drama de los GAL siguiera condicionando la vida política y envenenando la convivencia entre los partidos y los ciudadanos.

Por poner unos ejemplos.

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http://santiagonzalez.wordpress.com/2012/02/10/garzon-primera-con...

10 Febrero 2012 | 09:23 AM

rev prensa

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Dos buenas nuevas

HERMANN TERTSCH en ABC, 100212.

POR unanimidad. Los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no han tenido diferencias a la hora de establecer la culpabilidad. Ni al parecer duda alguna sobre su alcance y gravedad, dada la contundencia con la que expresan en la sentencia su condena a la violación consumada y prolongada de los derechos de defensa más elementales de la que considera autor culpable a Baltasar Garzón.

No vamos a intentar explicar aquí lo que tan bien explican los magistrados del Supremo en su veredicto de culpabilidad. Pero sí vamos a constatar que la condena al juez Garzón es una buena noticia para la seguridad jurídica de todos los españoles. Ya nunca tendrá que temer un español que vicisitudes de la vida lo hagan caer en manos de un juez Garzón. Ya no podrá darse ninguna situación en la que este hombre tenga poder sobre la vida, la libertad y la hacienda de nadie.

Que sus excusas —más que defensa— en el caso de las escuchas eran inaceptable se antojaba evidente hasta para los más legos. Porque la violación del derecho era incontestable. Que pese a ello ayer se incendiaran en sacrosanta indignación los medios de la izquierda española no debe sorprender a nadie.
Ni que llamaran a su particular yihadde insultos esas muy diversas asociaciones que significativamente son tan amistosas con Garzón como hostiles al Estado de Derecho y la democracia liberal. Todos esos defensores de los regímenes de Cuba y Corea del Norte que exigen que también aquí las leyes han de someterse al dictado de una ideología y unas (bellísimas) intenciones, que son por supuesto las suyas.

Si esas buenas intenciones del mundo feliz de la izquierda justifican hasta los peores crímenes y abusos en dictaduras, cómo no iban a justificar que Garzón ignore un poquitín las leyes aquí en España a ver si hunde a los corruptos de la derecha. Ahí están las buenas intenciones que atribuyen al juez Garzón sin que éste se haya distanciado de dichas posiciones montaraces, antidemocráticas y de desacato delirante.

Ni haya desmentido su identificación con esta tropa de hooligans que reclaman su impunidad. Sabía que ahora le sería difícil escapar. Pero es precisamente esta identificación total de Garzón con la peor izquierda de este país la que me lleva a decirles que no tenemos una buena noticia, sino dos. La primera es la evidente, que Garzón nunca podrá volver a juzgar a nadie. La segunda es que la izquierda se topa de bruces con la certeza de que han fracasado sus intentos de situarse definitivamente por encima de las leyes.

Ese pulso con el Estado de Derecho de una izquierda que se arroga la hegemonía moral absoluta comenzó con los aires de revanchismo y revisionismo que trajo el zapaterismo. La ofensiva para dinamitar la Constitución comenzó ya antes de que Zapatero llegara al poder en aquellos luctuosos días de marzo de 2004. Y se ha mantenido con las más perversas alianzas a lo largo de este tiempo. Garzón ha sido pieza clave en todo ello.

Ahora tras la catástrofe electoral del proyecto zapaterista y con el PSOE en plena confusión, la izquierda radical ha echado este pulso a la Justicia y al Estado de Derecho. Para salvar así a su protomártir han intentado hasta proyectar la excepcionalidad de la guerra civil hasta el Tribunal Supremo. No lo han logrado. Quienes quieren a Garzón como su nuevo caudillo bolivariano carpetovetónico ahí lo tienen.

Eso sí, ya tendrá que hacer política y recaudar fondos como los demás políticos. No parapetado tras la toga y con el poder de sembrar el miedo.

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http://www.abc.es/historico-opinion/index.asp?ff=20120210&idn=150...

10 Febrero 2012 | 10:34 AM

rev prensa

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Una sentencia escalofriante: arbitrariedad y totalitarismo

José Antonio Zarzalejos en EC, 10/02/2012

La izquierda que venera a Baltasar Garzón como un icono de las libertades públicas debe leer urgentemente y con sosiego la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, meditarla, y acto seguido, descatalogar al ya ex magistrado de la nómina de sus personalidades de referencia. Porque siete –sí, siete— magistrados de distintas afecciones ideológicas, tanto progresistas como conservadoras, asumen de forma indubitable que Garzón perpetró con sus resoluciones de 19 de febrero y 20 de marzo de 2009, un delito de prevaricación en concurso con otro de violación de las garantías constitucionales al vulnerar el derecho a la defensa, el derecho al secreto profesional de letrados y el derecho a la intimidad de abogados defensores e internos encausados por la trama Gürtel, al ordenar sin justificación alguna la intervención de las comunicaciones entre estos y aquellos.

Los setenta folios en los que los magistrados justifican la sanción de 11 años de inhabilitación a Garzón, la pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, y le incapacita para obtener durante el tiempo de condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del poder judicial o fuera de él, debiendo, además, pagar las costas procesales incluidas las de las acusaciones particulares, constituyen una sentencia verdaderamente escalofriante porque desvela la arbitrariedad y el totalitarismo (sic) con los que actuó el acusado a criterio –extensamente argumentado— de sus juzgadores.

La resolución del Supremo se basa en los siguientes ejes argumentales: 1) No existió indicio alguno de actuación criminal contra los letrados defensores escuchados; la grabación de las escuchas se impuso “antes de conocer la identidad de los letrados” que fueron nombrados con posterioridad a las resoluciones prevaricadoras 2) por ello “el Estado de derecho se vulnera cuando el juez, con el pretexto de aplicación de la ley, actúa bajo su propia subjetividad concretada en una forma de entender la cuestión a resolver, y prescindiendo de todos los métodos de interpretación admisibles en derecho, acogiendo un significado irracional de la norma, sustituyendo así el imperio de la ley por un acto contrario de mero voluntarismo” de tal manera “que la decisión cuestionada no puede ser explicada mediante ninguna interpretación razonable efectuada con los métodos usualmente admitidos en derecho, y 3) el derecho de defensa no puede suspenderse ni siquiera en los casos de excepción o de sitio porque forma parte de la estructura del justo proceso penal.

En base a esos criterios fundamentados en los hechos que considera probados, el Supremo juzga que la decisión de Garzón “no se trata de una interpretación errónea de la ley, sino de un acto arbitrario, por carente de razón, que desmantela la configuración constitucional del proceso penal como un proceso justo” y, palabras gravísimas del más alto órgano jurisdiccional del Estado, que hay que reproducir porque son la esencia de la sentencia: “…el acusado causó con su resolución una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa y demás derechos afectados anejos al mismo, o con otras palabras, como se dijo ya por el instructor, una laminación de esos derechos(…) admitiendo prácticas que en los tiempos actuales sólo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado, prescindiendo de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtiendo de esta forma las previsiones constitucionales y legales sobre el particular en meras proclamaciones vacías de contenido. La resolución es injusta, pues, en tanto que arbitrariamente restringe el derecho de defensa de los imputados en prisión, sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable”.

El carácter de escalofriante con el que me he permitido adjetivar la sentencia es proporcional a la severidad e importancia de los juicios que emite el Tribunal Supremo después de desarbolar punto por punto la defensa del Baltasar Garzón, que queda descalificado de manera rotunda y unánime por la Sala Segunda en un ejercicio juzgador que es depurativo para el sistema jurisdiccional español. Porque esta resolución –que podría intentar recurrirse en amparo—tiene también una finalidad evidente: volver a teorizar, desde las plenas garantías constitucionales, el proceso penal cuya integridad se ha venido deteriorando con instrucciones –como las de Garzón— atentas a los focos mediáticos, al servicio, en ocasiones, de intereses de sectores o grupos políticos o de otra naturaleza, a veces caprichosas y, en muchas ocasiones, dirigidas por jueces que han parecido situarse por encima del bien y del mal.

En el concreto caso de Baltasar Garzón –tanto por esta causa como por las otras dos que tiene pendientes— da la impresión de que el hombre se superpuso al magistrado; la figura notoria, al funcionario; la discreción a la vanidad; el conveniente anonimato del juez a la sobreactuación pública y publicada, y el sesgo partidista a la asepsia política. Garzón cruzó en este caso –y puede que en otros— ese umbral que delimita la justa severidad del juez con la arbitrariedad y confundió el ponderado ejercicio de las facultades jurisdiccionales con un desbordamiento de sus poderes que, en criterio del Tribunal Supremo, nos remiten a “regímenes totalitarios”.

Con la sentencia que aparta a Garzón de la judicatura, “el hombre que veía amanecer”, el magistrado imbuido de una misión salvífica y hercúlea, la esperanza de todos aquellos que se aglutinaron en torno a él más por intereses sectarios que por afán de justicia, se convierte en un capítulo pasado de nuestra reciente historia. Nace, eso sí, un nuevo Garzón, que dentro y fuera de España, en alianza con determinadas personas, movimientos y corrientes de opinión, se convertirá en minarete de descalificación de la democracia española y de su más alto órgano jurisdiccional.

Si como juez Garzón ha cometido arbitrariedades como las que el TS ha sentenciado, como personalidad empapada ya de criterios ideológicos puede llegar, me temo, a extremos incalculables. Más aún si determinada izquierda, en vez de reflexionar, apela a las vísceras y se lanza a un agip-prop del que ha dado muestras zarandeando la reputación del Tribunal Supremo y de nuestra propia democracia.

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http://www.elconfidencial.com/opinion/notebook/2012/02/10/una-sen...

10 Febrero 2012 | 10:38 AM

paco

paco dijo

¿Y por qué el Consejo General del Poder Judicial no le paró los pies disciplinariamente hace mucho, mucho tiempo?

El Colegio de Abogados y el CGPJ tienen, pues mucho que explicarnos.

10 Febrero 2012 | 10:49 AM

pregunta

pregunta dijo

¿Cuándo se perseguirán penalmente los insultos al Tribunal Supremo?

Cuando nuestra democracia esté consolidada.

10 Febrero 2012 | 11:11 AM

XXL

XXL dijo

La peor enfermedad del hombre es creerse Dios. Porque el día que los demás te hacen saber que no lo eres, la "ostia" es tan fuerte que ya no sales nunca a flote y te pasas la vida montado en una mentira consciente para no suicidarte.

10 Febrero 2012 | 12:43 PM

La Yiyi

La Yiyi dijo

XXL, la culpa de este tipo de jueces, los que les dicen a sus madres: "mamá, quiero ser artista", la tienen siempre la gente que les aplaude. Cuando estos juristas de pacotilla, osea, juristas estrella, oyen los aplausos por primera vez, ya no pueden vivir sin ellos y claro, se comportan de una manera diferente. Digamos que, como necesitan oírlos permanentemente, necesitan triunfar siempre y para asegurarse el triunfo acuden al dicho que la caga todo: " el fin justifica los medios". Y adiós, Dios, XXL.

10 Febrero 2012 | 12:52 PM

El Guerrero del Antifaz

El Guerrero del Antifaz dijo

Bueno, primero no conviene olvidar hechos: este juez en su día fue a por los GAL porque éste grupo hizo algo parecido a lo que ha hecho él ahora: saltarse las normas. Que no confundan a la gente, a este juez lo han castigado por prevaricar, no por otra cosa. Ahora bien, el abogado defensor de los implicados en el caso Gurtel, tiene todo el derecho a pedir al tribunal que los va a juzgar, que todos aquellos informes conseguidos a través de esta prevaricación castigada se consideren nulos. Y si eso lo consigue, que no culpabilicen ni a los encausados, abogados defensores ni jueces. Acusen con todas sus fuerzas al juez prevaricador porque de él y solo él es la culpa de que toda la investigación se caiga como un castillo de naipes liberando, a lo mejor, a los que deberían ser castigados por corrupción. Así es la ley y la vida, señores. No divaguen sobre izquierda y derecha, que ya estamos hasta los cojones de esa teatral e interesada confrontación.

10 Febrero 2012 | 01:07 PM

Esponja Chiflada

Esponja Chiflada dijo

En casos como este es cuando se ve la preparación cultural de los españoles. Todos aquellos que consideran que el juez está perseguido por no se qué cosas raras, demuestran que o no tienen ni puta idea de lo que es el estado de derecho ( en este grupo creo ver a la mayoría), o viven de Garzón ( casi nadie), o se dejan llevar por lo más peligroso: los sentimientos. Y es que ya se dice una y otra vez: "los árboles no dejan ver el bosque", "el amor es ciego"... Parece que en España o hay mucho burrete o están demasiado encoñados.

10 Febrero 2012 | 01:21 PM

W.Tutú

W.Tutú dijo

En el transcurrir de este caso quedará para la historia la actuación nefasta, cobarde y supuestamente interesada del Colegio de Abogados (dejando al abogado sólo ante el peligroso Garzón), algún ente judicial que desconozco y la fiscalía. Al abogado que se ha enfrentado a Garzón, osea, a un dios: ¡¡¡Olé tus cojones!!! ¿Por qué se enfrenta un abogado en solitario jugandose su futuro y no lo hacen los demás? La respuesta es muy sencilla: tiene más cojones que nadie. Al Colegio de Abogados les mando por correo aparte una mierda con moscas.

10 Febrero 2012 | 01:46 PM

OJEADOR SAGAZ

OJEADOR SAGAZ dijo

Entrevistado por JotDown: "Alfonso Ussia es un tío estupendo" Gabriel Albiac define a Cebrián: "Un memo" "Los señores del PSOE no son un partido político, estos señores son una agencia de empleo" Periodista Digital, 10 de febrero de 2012 a las 10:18 Gabriel Albiac (Utiel, Valencia, 1950) ha sido entrevistado a principios de febrero de 2012 por la revista cultural en internet JotDonw --Gabriel Albiac: "El Plan Bolonia es la desaparición de la universidad"--. A lo largo del extenso diálogo trata de su trayectoria vital, filosófica y profesional, así como de sus opiniones sobre diversos temas. Termina la pieza periodística con la petición de que el columnista de La Razón defina a una serie de personajes. El retrato más contundente es el que hace de Juan Luis Cebrián, que se limita a dos palabras: "Un memo". El histórico dirigente del PNV Xabier Arzalluz también es objeto de sus dardos dialécticos: "Un señor que habla como si fuera de Chamberí pero que dice que no es español". Más amable y elogioso es con otros periodistas y filósofos españoles. Para Albiac, Alfonso Ussia es "un tío estupendo" y Arcadi Espada: "Probablemente, no, sin probablemente, el mejor columnista español". De Gustavo Bueno dice que es: "Probablemente el único gran genio que hay en la filosofía en España" y de Javier Marías que tiene "una escritura muy elegante". Albiac, hijo de un represaliado por el franquismo, critica la denominada "memoria histórica:" Lo primero, el término "memoria histórica" es una contradicción en los términos: o es historia o es memoria. La memoria es auto legendaria y solamente se puede tomar como un elemento más entre los elementos de documentación. Por lo tanto, el historiador, el que hace la historia, debe conocer que la memoria es de cada uno de nosotros y es afectiva. Tan estúpido es decir que uno de nosotros no posee afectos como confundir, a continuación, los afectos con los datos. En cuestiones de mi biografía, mi padre era militar republicano de carrera: fue uno de los jóvenes oficiales que hicieron el golpe de Jaca meses antes de la llegada de la República, lo cual le supuso la condena a muerte. Luego, en la guerra civil, fue uno de los militares que se mantuvieron fieles a la República y al acabar la guerra en un azar... ¿recuerdas la anécdota tan graciosa de Foxá que dice "el franquismo es una dictadura muy atenuada por la incompetencia?" Yo existo sencillamente por incompetencia, una incompetencia que permitió que a mi padre no lo fusilaran. "TONTERÍAS SOBRE LA TRANSICIÓN" El filósofo también critica todo lo que se ha publicado sobre los años posteriores a la muerte de Franco: Todo lo que se ha escrito sobre la Transición son tonterías. Entramos en lo que te decía hace poco: historiar, no te digo tres siglos, pero a una cierta distancia, es imprescindible. Toda la documentación que tenemos sobre la Transición es falsa. Sobre el PSOE, se muestra contundente: En el momento en que se vive la Transición no había PSOE, en las vísperas de la muerte de Franco no había PSOE. Sólo había dos cosas organizadas: el partido comunista y la extrema izquierda que había nacido en el 1969 que he citado, aunque tenía raíces más profundas. Pero, recordarás, que antes de lo que sucede en España existe Portugal. Portugal asusta terriblemente a las autoridades españolas. Es el último decenio de la guerra fría, cosa que no se sabía, pero es de suponer que alguien sabría que estábamos en la fase final de este conflicto. Tanto los servicios de inteligencia norteamericanos como los sindicatos y la socialdemocracia alemana pusieron lo que hacía falta. Que eso --El PSOE-- se haya convertido, desde sus inicios hasta hoy, en una inmensa máquina de corrupción habrá asombrado a quien quiera asombrarse. Los que sabíamos lo que había aquí, y lo sabíamos desde antes de la Transición, teníamos que hacernos el tonto para no verlo. No había sorpresa en ello: estos señores no son un partido político, estos señores son una agencia de empleo.

10 Febrero 2012 | 06:06 PM

rev prensa

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El hombre que no veía amanecer

Martín Prieto en La Razón, 100212.

«Cuando leí un artículo tuyo sobre tus conversaciones con Felipe González ya no tuve duda de que era la X de los GAL». Estábamos sentados en la cocina de mi casa y puse cara de alelado porque yo sabía lo que era cierto, pero no me pedía el cuerpo acabar de testigo de cargo contra Felipe, que fuera mi amigo personal desde los tiempos de su oposición política.

A veces nos reuníamos en mi domicilio, esposas incluidas, el buen juez Javier Gómez de Liaño; el también magistrado de la Audiencia Nacional Ventura Pérez Mariño, ex diputado socialista, ex alcalde de Vigo y verdugo judicial de Mario Conde en el «caso Banesto», y Garzón, ya juez estrella pero sin saber nunca de dónde venía y tampoco a dónde quería marchar.

Garzón tiene algunas características desconcertantes e irritantes: prácticamente imposible de ubicar intelectualmente, una evidente vanidad, que o no puede o no pretende disimular y que llega a una pose que registre la corrección de sus facciones, un cinismo que pretende hacer pasar por independencia de criterio y un soterrado afán por el dinero.

Cuando le conocí, venía de haberse entregado a Felipe González como una especie de juez anticorrupción siguiendo los pasos del asesinado juez italiano Falcone, al que entonces deseaba emular. Apareció en la sociedad española como una estrella de los Reyes Magos labrándose un crédito persiguiendo dos lacras como el narcotráfico gallego y ETA.

Nada de discreción en los despachos de la Audiencia, sino metodología judicial estilo Holly- wood: helicópteros nocturnos con proyectores, avisos a la Prensa para tenerla presente y un cuidadoso manejo de la televisión. Con el tiempo me di cuenta de que había descubierto el negocio moral de los Derechos Humanos, pero entonces su afán era levantarse sobre una peana contra la corrupción de la droga, el terrorismo y el socialismo.

Pactó con los socialistas, fue número dos en la lista por Madrid y cuando Felipe le dio el pase negro, creyéndole desactivado y haciéndole atropellar políticamente por Belloch («Éste es mi momento. Tienes si quieres una Secretaria de Estado Anticorrupción»), entonces abrió la X de los GAL y entendió que lo suyo serían los Derechos Humanos.

Mientras tanto, enredó como siempre en la Audiencia y rompiendo sus vacaciones regresaba para hacerse cargo de la liberación de Ortega Lara u organizaba argucias para quitar a sus compañeros los casos que podían tener mayor repercusión. Nunca entró por el garaje de la Audiencia, a lo que le obligaba la seguridad, sino por la puerta principal para ser recogido por las televisiones. Luchaba contra la obesidad: «No sabes lo que te engorda una imagen de televisión», me decía.

Según su biógrafa Pilar Urbano en su libro «El Hombre que veía amanecer», Garzón no duerme. Quienes han trabajado con él saben que arma los sumarios a base de actas policiales y recorta mucho y pega trozos de folios con otros. Desde luego la aparición en Londres de Pinochet para una operación menor le pilló durmiendo. Fueron exiliados chilenos quienes organizaron el armazón de la causa contra el dictador. Garzón se limitó a publicitarse con el trabajo que le habían hecho otros.

Pinochet le sirvió de pista de despegue para aterrizar sobre violaciones de Derechos Humanos en Suramérica, especialmente en Colombia y Argentina, y se convirtió en un Superman internacional de los Derechos del Hombre sin haber aportado al respecto nada más que su imagen. Habiendo sido amigo suyo no quiero ofenderle en este trance, pero se ha convertido en un profesional de los Derechos Humanos y del más blando de los buenismos. Era imposible que siguiera siendo juez. No le deseo lo mejor porque me consta que va a ganar muchísimo dinero en Suramérica. El infierno le será leve.

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http://www.larazon.es/noticia/5299-el-hombre-que-no-veia-amanecer...

10 Febrero 2012 | 07:31 PM

rev prensa

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La condena del juez Garzón por un delito de prevaricación ha molestado, por decirlo suavemente, a quienes consideran que la aplicación de la ley depende de la ideología del justiciable. Es la doctrina del derecho de autor, tan grata al nacionalsocialismo como al comunismo y demás totalitarismos. No se trataría de saber si ese juez dictó una resolución injusta al intervenir las comunicaciones de unos presos preventivos con sus abogados, sino de denunciar que es “víctima de una casta de terroristas al servicio de la venganza institucional”, según proclama un ilustre exfiscal que nunca ocultó sus preferencias políticas. Los terroristas serían los magistrados del Tribunal Supremo que han osado cumplir con su deber.

A Garzón se le condenó por unos hechos que, probados en un juicio justo, constituyen, según los siete magistrados del Tribunal Supremo que finalmente le juzgaron tras la recusación de otros cuatro o cinco, el delito tipificado en el artículo 446.3º del Código Penal. Y las variadas ideologías de los juzgadores, en tanto pudieran jugar aquí algún papel, dificultan su descalificación en bloque. Pero no importa, aunque aquellas injurias atenten contra el Estado de Derecho.
Reflexiones sobre la condena del juez Garzón

José Luis Manzanares en republica.com, 150212.

El otro gran perdedor en esta causa ha sido el anterior Fiscal General del Estado como responsable último de lo que hacen sus subordinados, bien entendido que en un caso así resulta muy difícil pensar que éstos actuaran por su cuenta y riesgo. El fiscal no sólo no recurrió en su día las resoluciones del juez, sino que colaboró en la selección de las grabaciones obtenidas. Consecuentemente, en el proceso contra Garzón el Fiscal del Tribunal Supremo tenía que pedir el sobreseimiento o la absolución, puesto que se estaba defendiendo a sí mismo. Ha habido condena porque unos Abogados han asumido las obligaciones de la Fiscalía. El mundo al revés, como en los juicios por los GAL y la corrupción del PSOE en tiempos de Felipe González. El Fiscal defendiendo al acusado por interés propio. Increíble pero cierto, y no del todo nuevo.

Sorprende también la pasividad del Colegio de Abogados de Madrid y del Consejo General de la Abogacía en un asunto de tanta gravedad para el ejercicio profesional de la abogacía en relación con el derecho fundamental de los ciudadanos a su defensa en un juicio justo. El Colegio de Madrid anunció su personación en la causa pero después, por razones desconocidas, se abstuvo de hacerlo. Y el Consejo General de la Abogacía, quizá pensado que para eso estaba el Colegio de Madrid, pasó olímpicamente de la cuestión.

En resumen, que gracias a la iniciativa individual de unos abogados defensores, huérfanos de todo apoyo por parte de su Colegio o del Consejo General de la Abogacía, contra la oposición de una Fiscalía condicionada por su anterior actuación en el proceso donde la prevaricación se produjo, y pese a las protestas de muchos políticos de izquierda, sindicalistas y manifestantes más o menos manipulados, ha quedado claro que el derecho de defensa no admite en un Estado democrático de Derecho los mismos recortes que en la Alemania nazi, la Unión Soviética, Cuba o Corea del Norte, por ejemplo.

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http://www.republica.com/2012/02/14/reflexiones-sobre-la-condena-...

15 Febrero 2012 | 01:23 PM

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Reflexiones sobre la condena del juez Garzón

José Luis Manzanares en republica.com, 150212.

La condena del juez Garzón por un delito de prevaricación ha molestado, por decirlo suavemente, a quienes consideran que la aplicación de la ley depende de la ideología del justiciable. Es la doctrina del derecho de autor, tan grata al nacionalsocialismo como al comunismo y demás totalitarismos. No se trataría de saber si ese juez dictó una resolución injusta al intervenir las comunicaciones de unos presos preventivos con sus abogados, sino de denunciar que es “víctima de una casta de terroristas al servicio de la venganza institucional”, según proclama un ilustre exfiscal que nunca ocultó sus preferencias políticas. Los terroristas serían los magistrados del Tribunal Supremo que han osado cumplir con su deber.

A Garzón se le condenó por unos hechos que, probados en un juicio justo, constituyen, según los siete magistrados del Tribunal Supremo que finalmente le juzgaron tras la recusación de otros cuatro o cinco, el delito tipificado en el artículo 446.3º del Código Penal. Y las variadas ideologías de los juzgadores, en tanto pudieran jugar aquí algún papel, dificultan su descalificación en bloque. Pero no importa, aunque aquellas injurias atenten contra el Estado de Derecho.

El otro gran perdedor en esta causa ha sido el anterior Fiscal General del Estado como responsable último de lo que hacen sus subordinados, bien entendido que en un caso así resulta muy difícil pensar que éstos actuaran por su cuenta y riesgo. El fiscal no sólo no recurrió en su día las resoluciones del juez, sino que colaboró en la selección de las grabaciones obtenidas. Consecuentemente, en el proceso contra Garzón el Fiscal del Tribunal Supremo tenía que pedir el sobreseimiento o la absolución, puesto que se estaba defendiendo a sí mismo. Ha habido condena porque unos Abogados han asumido las obligaciones de la Fiscalía. El mundo al revés, como en los juicios por los GAL y la corrupción del PSOE en tiempos de Felipe González. El Fiscal defendiendo al acusado por interés propio. Increíble pero cierto, y no del todo nuevo.

Sorprende también la pasividad del Colegio de Abogados de Madrid y del Consejo General de la Abogacía en un asunto de tanta gravedad para el ejercicio profesional de la abogacía en relación con el derecho fundamental de los ciudadanos a su defensa en un juicio justo. El Colegio de Madrid anunció su personación en la causa pero después, por razones desconocidas, se abstuvo de hacerlo. Y el Consejo General de la Abogacía, quizá pensado que para eso estaba el Colegio de Madrid, pasó olímpicamente de la cuestión.

En resumen, que gracias a la iniciativa individual de unos abogados defensores, huérfanos de todo apoyo por parte de su Colegio o del Consejo General de la Abogacía, contra la oposición de una Fiscalía condicionada por su anterior actuación en el proceso donde la prevaricación se produjo, y pese a las protestas de muchos políticos de izquierda, sindicalistas y manifestantes más o menos manipulados, ha quedado claro que el derecho de defensa no admite en un Estado democrático de Derecho los mismos recortes que en la Alemania nazi, la Unión Soviética, Cuba o Corea del Norte, por ejemplo.

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http://www.republica.com/2012/02/14/reflexiones-sobre-la-condena-...

15 Febrero 2012 | 01:24 PM

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