La Coctelera

El quicio de la mancebía (EQM)

Reflexiones en torno a las chirriantes bisagras que no nos dejan dormir. Al fondo, las bellas artes.

15 Febrero 2012

Querido Emilio

.

'No hago otra cosa que pensar en ti' [1981]. Interpretada por Joan Manuel Serrat [España, 1943] y Joaquín Sabina [España, 1949], del disco de ambos 'Dos pájaros de un tiro' [2007]. Versión en vivo durante su gira ese mismo año. Compuesta por Serrat en 1981 y editada en su disco 'En transito' [1981]. ♪♪ ♫ diegocrema88. Letra de la versión conjunta.

.

Cohecho impropio

Querido Emilio:

Su Señoría califica los hechos, siempre en el plano indiciario, como constitutivos de un delito de cohecho impropio del art. 426 del Código Penal, pero, ante el innegable transcurso del plazo de 3 años, con el consiguiente efecto extintivo en la responsabilidad criminal en que hubiera podido incurrir el querellado, acuerda que no ha lugar a la apertura del juicio oral y sí al archivo por prescripción de los hechos imputados.

Estos días no he hecho otra cosa que pensar en el sr. Camps.

EQM

Del auto

TRIBUNAL SUPREMO. Sala de lo Penal. AUTO

"Magistrado Instructor Exento. Sr. D.: D. Manuel Marchena Gómez. En la Villa de Madrid, a trece de Febrero de dos mil doce.

[...].

II. RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

[...].

Es cierto que D. Baltasar Garzón no se abstuvo del conocimiento de aquella querella. Ese hecho tiene un significado jurídico incuestionable. Es la mejor muestra de que el deber de abstención que le incumbía fue conscientemente infringido en gratitud por la generosa respuesta que el BSCH había realizado a su petición de ayuda económica. Cuando el imputado, debiendo abstenerse del conocimiento de esa querella, consideró oportuno ocultar al Fiscal y a las partes la concurrencia de una causa que podría perturbar su imparcialidad, estaba demostrando que el deber de agradecimiento generado por la dádiva interfería ya el ejercicio íntegro de su función jurisdiccional.

[...].

b) No existe tampoco un delito de cohecho propio, sino impropio (art. 426 CP). En efecto, de lo investigado ha quedado suficientemente acreditado -siempre en el plano indiciario- que el dinero entregado a petición del querellado e ingresado en las cuentas de la Universidad de Nueva York, lo fue en consideración al cargo jurisdiccional de D. Baltasar Garzón. No existen datos que avalen la idea de que esa aportación económica fuera más allá del propósito de generar un estado de agradecimiento en el receptor. En eso consiste el cohecho impropio y en eso se diferencia del resto de figuras penales contempladas en los arts. 419 y ss del CP.

[...].

3.- En la fase procesal en que nos encontramos, los hechos acreditados en la instrucción y por los que se formula acusación constituyen un delito de cohecho impropio del art. 426 del CP.

El querellado contactó con responsables de distintas empresas españolas reclamando ayuda económica para la celebración de cursos en los que él aparecía como director. Todas tenían en común -BSCH, BBVA, TELEFÓNICA y CEPSA- el haber sido objeto de investigación por hechos imputados a sus directivos en el propio juzgado del que era titular el acusado o en otros de la Audiencia Nacional. Además de estas empresas, también contactó con los responsables de ENDESA, llegando a solicitar a todas ellas un total de 2.595.375 dólares. Mediante esas gestiones D. Baltasar Garzón obtuvo para la Universidad que le abonaba sus honorarios, que pagaba a su asistenta personal, que cubría los gastos de escolarización de su hija y que, además, ponía a su disposición una elevada retribución en especie, la cantidad definitiva de 1.237.000 dólares. Todas las empresas que fueron requeridas rebajaron la cuantía reclamada, algunas, por el carácter injustificado de los presupuestos económicos aportados por el querellado, otras por la falta de seriedad en la descripción de los proyectos de convenio.

[...].

Sin embargo, delimitado el objeto del proceso, excluida la concurrencia de un posible delito de prevaricación y calificados los hechos como constitutivos de un delito de cohecho impropio del art. 426, el transcurso del plazo de 3 años es innegable, con el consiguiente efecto extintivo en la responsabilidad criminal en que hubiera podido incurrir D. Baltasar Garzón.

[...].

III. PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO: No ha lugar a la apertura del juicio oral. Se acuerda el archivo por prescripción de los hechos imputados a D. BALTASAR GARZÓN REAL.

Así lo acuerda, manda y firma el Excmo. Sr. Magistrado Instructor, de lo que como Secretario, certifico."

 

Texto completo del Auto

.

Prescrito y deshonrado

Jesús Zarzalejos en ABC, 140212.

Baltasar Garzón ha salido entre absuelto y deshonrado de la causa penal abierta por sus cobros -fueran directos o indirectos- a bancos y empresas durante su estancia en Nueva York. El magistrado instructor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha aceptado el archivo por prescripción del delito, según le había solicitado, por vez primera, el Fiscal.

Veinticinco días es lo que ha separado a Garzón del banquillo: los que superan los tres años de prescripción del delito de cohecho impropio. Podría decirse que se ha salvado por la campana. De todas formas, el auto de archivo, que sigue la línea de rigor jurídico de los anteriores dictados por el mismo magistrado instructor en esta causa, es tan contundente en su conclusión como inequívoco en sus valoraciones previas.

Garzón, dice el auto, cometió indiciariamente un delito de cohecho impropio al pedir y obtener fondos de empresas y bancos españoles, aprovechando su condición de juez en activo. Sólo el tiempo transcurrido entre el último acto delictivo y la presentación de la querella impide que su responsabilidad sea juzgada. Cada cual ha cumplido su papel en este proceso.

La apreciación de la prescripción se ha producido en la fase procesal pertinente, es decir, terminada la investigación, concretada la imputación y descartados por el magistrado instructor otros delitos, como el de prevaricación, incluido en la querella inicial, con plazos de prescripción más amplios, lo que demuestra que eso de la «feroz persecución» a Garzón es una infamia contra el Tribunal Supremo

-
Jesús Zarzalejos es Profesor de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid.

NOTAS.- Enlaces [en azul], corchetes, negritas [con perdón], imágenes y vídeos de diversa procedencia son aportados por EQM. También, por razones discutibles de legibilidad en internet, el incremento de párrafos en textos ajenos, respetando el contenido, que puede leerse en el original pinchando el enlace.

servido por elquiciodelamancebia 4 comentarios compártelo

4 comentarios · Escribe aquí tu comentario

XXL

XXL dijo

Si esto es así, que parece claro por lo que leo, ¿qué esperan hacer los de la ceja caída? ¿Saldrán a la calle a pedir justicia a gritos progres? O se callaran acurrucados entre la maleza a la espera de salir volando como si fueran pequeñas codornices por miedo a que les den por detrás?

15 Febrero 2012 | 09:50 AM

Tragaminas

Tragaminas dijo

Está demostrado que la justicia no es igual para todos y que a unos los han apaleado por menos y a este le han dejado en libertad por algo mucho más grave. Además, en este caso, para más inri, el acusado es nada menos que juez de la audiencia. La verdad, no sabía que lo de cohecho impropio, a nada menos que a un juez, también desaparecía por prescripción del delito. Chicos esto es la leche, habrá que cambiar la ley porque un juez no es una persona cualquiera.

15 Febrero 2012 | 09:58 AM

Rosa

Rosa dijo

tragaminas, estoy de acuerdo con vd.
un juez no puede serguir impartiendo justicia porque los plazos para empapelarle haya prescrito.
hay que fijar una norma que reclasifique su puesto de trabajo y, en adelante, se limite a tareas burocráticas o llevar las empanadillas de los secretaios judiciales a la hora del almuerzo.

lo de nueva york fue un cachondeo permitido por el terror del poder al superman de las señorias.

Rosa

15 Febrero 2012 | 10:46 AM

rev prensa

rev prensa dijo

TODOS LOS COLEGIOS DE ABOGADOS

Piden el procesamiento de Garzón en Ecuador por "malversación de fondos"Los colegios de abogados de Ecuador ven delitos en su asesoramiento a Rafael Correa. Ya han acudido a las autoridades españolas.

LD, 160212.

A Baltasar Garzón se le acumulan los problemas. A las tres causas que ha tenido abierta en España y su condena por una de ellas, ahora es en Ecuador donde podría enfrentarse a otra causa por supuesta malversación de fondos.

Según informa La Razón, Baltasar Garzón trabaja para Rafael Correa como "observador internacional" para el que supervisa la reforma de la Justicia del país. En este sentido, el portavoz de la Federación Nacional de Abogados de Ecuador (FNAE), Pedro Javier Granja, ha anunciado que pedirán el procesamiento del exmagistrado como "cómplice de malversación de fondos estatales". Hace dos semanas el español fue declarado persona non grata por unanimidad por el colegio de abogados.

De este modo, los abogados de Ecuador acusan a Garzón de que "está cobrando por un trabajo que no realiza" después de que Correa lo contratase para supervisar una reforma judicial que todos los colegios de abogados del país ven claramente inconstitucional.

Por este trabajo el exjuez de la Audiencia Nacional recibirá más de 50.000 euros aunque Granja afirma que "Garzón no hace nada. Vino dos veces a Quito y siempre en fines de semana". Además añade que "nos indigna que se haya declarado ciego, sordo y mudo ante un proceso de selección de jueces que fueron elegidos de forma discrecional". Así, cuando se le ha preguntado por este asunto se limita a contestar que "a él no le toca analizar esas cosas".

Pero la gota que ha colmado el vaso para los letrados ecuatorianos ha sido que el Ejecutivo de Correa acaba de contratar a un funcionario para que "represente" in situ a Garzón para que gestione el proceso y haga el trabajo que tendría que estar haciendo el exjuez español en Ecuador. "Se trata de un delito, ya que pagan con fondos del Estado a dos personas por el mismo trabajo", aseguran desde la FNAE.

Este colegio ya ha acudido a la Embajada española para pedir a las autoridades que intervengan y pidan cuentas de su trabajo en Ecuador. Esto mismo se lo solicitaron a Garzón aunque éste nunca contestó.

Polémica también en Colombia

Mientras tanto, el procurador general de Colombia, Alejandro Ordóñez, ha insistido en la inconveniencia de que Baltasar Garzón, inhabilitado por el Tribunal Supremo, se mantenga como asesor de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz-OEA (MAPP-OEA) en este país sudamericano.

"Estamos frente a una apología de la ilegalidad, por decir lo menos", afirmó Ordóñez al aludir a la decisión del Ejecutivo del presidente Juan Manuel Santos de aceptar que Garzón siga como asesor de asuntos de política judicial en Colombia.

El presidente colombiano, Juan Manuel Santos, anunció el martes que Garzón "seguirá ayudando en los temas asignados hasta que se acabe el contrato con la OEA. Le reiteramos agradecimiento y confianza".

El jefe del Ministerio Público declaró en una entrevista con la cadena Caracol Radio en Bogotá que no puede ser que el juez aparezca como asesor en Colombia cuando ha sido condenado en España.

-
http://www.libertaddigital.com/nacional/2012-02-16/piden-el-proce...

16 Febrero 2012 | 09:46 AM

Escribe tu comentario


Sobre mí

Avatar de elquiciodelamancebia

El quicio de la mancebía (EQM)

ver perfil »
contacto »
Apoyado en el quicio, perplejo y preocupado ante una sociedad blanda que pasa de historias, tratando de averiguar por qué chirría con su amado óxido. Para mis adentros. Será la edad (España).



La partida continúa hasta la derrota del terrorismo. Fot. Mitxi.

Algunas versiones de 'Ojos verdes'

['Apoyá en er quisio de la mansebía...']:

Aquí para escuchar a Dña. Concha Piquer. Vía Aiseilles.

Aquí para escuchar el collage digital [dueto] de Rocío Jurado & Pasión Vega.

Aquí para escuchar a Isabel Pantoja.

Aquí para escuchar a Carlos Cano.

Aquí para escuchar a Amália Rodrigues.

Aquí para escuchar a Concha Buika.

Aquí para escuchar a Martirio.

Aquí para escuchar a Rocío Jurado.

Aquí para escuchar a Plácido Domingo.


ADVERTENCIA SOBRE COPYRIGHT: Este es un blog no comercial. Las imágenes, música y documentos se editan citando la fuente gratuita [donde se encuentra, de forma libre y sin exigencia de abono de derecho alguno, exactamente lo mismo]. En caso de existir COPYRIGHT si, por error, se hubiera publicado algo inadecuadamente, comuníquenoslo y el documento, la imagen o la música serán eliminados de forma inmediata. Gracias.

No a la violación de las comunicaciones en internet. Sí a los derechos de autor ajustados a las nuevas tecnologías. No a la subsistencia de intermediarios videográficos sin futuro, encarecedores artificiosos del valor del producto. Sí al precio y comercio justo. No a la estafa.

Locations of visitors to this page




Fotos

elquiciodelamancebia todavía no ha subido ninguna foto.

¡Anímale a hacerlo!

Enlaces

Buscar

suscríbete

Selecciona el agregador que utilices para suscribirte a este blog (también puedes obtener la URL de los feeds):

¿Qué es esto?

Crea tu blog gratis en La Coctelera